
Subsidio de Discapacidad para menores de 18 años: infórmate sobre los requisitos
Este beneficio está dirigido a niños, niñas o adolescentes
con discapacidad mental, física y/o sensorial severa (en un
grado de al menos 50% o más). En todos los casos deberán
pertenecer al 60% de la población más pobre, según el Registro
Social de Hogares.
El Instituto de Previsión Social, IPS, informa que se encuentra
recibiendo las solicitudes del Subsidio de Discapacidad para menores
de 18 años, con una ampliación que entró en vigor en agosto pasado:
con una cobertura mayor que incluye a niños y jóvenes con
discapacidad mental, física y/o sensorial severa (en un grado de al
menos 50%) y que estén dentro del 60% de la población más pobre,
según el Registro Social de Hogares.
Para solicitar el beneficio, obligatoriamente, deben presentar una
certificación de discapacidad emitida por la Comisión de Medicina
Preventiva e Invalidez (COMPIN), estar dentro del 60% más vulnerable
según el Registro Social de Hogares (RSH) y cumplir con una
residencia continua en el país de, a lo menos, tres años
inmediatamente anteriores a la fecha en que se haga la
solicitud.
Es importante señalar que, en los casos de discapacidad mental, el
IPS recibirá todas las certificaciones emitidas por la COMPIN (ya
sea mediante la Ley N° 18.600 de 1987 o la Ley N°20.422 de 2010) o,
en su lugar, certificado del Registro Nacional de la Discapacidad
del Registro Civil.
Desde agosto de este año se fija un nuevo valor del subsidio,
estableciéndose un monto que asciende al 50% de la Pensión
Garantizada Universal, es decir $96.958 (a junio de 2022). Así, las
personas que solicitan el subsidio y cumplan los requisitos, podrán
recibirlo por transferencia electrónica o de manera presencial a
través de los proveedores de pago del IPS, ya sea BancoEstado o Caja
Los Héroes.
Cabe mencionar que este subsidio es incompatible con otras pensiones
y beneficios, como es el caso de la Asignación Familiar, por lo que,
en la solicitud respectiva, la persona que requiera el beneficio
deberá renunciar a la o las pensiones o montos que se encuentre
percibiendo para poder acceder a este beneficio.
Además, las niñas, niños o adolescentes que reciban este subsidio
tendrán derecho a asistencia médica gratuita en establecimientos
públicos.
¿Quiénes tienen derecho?
- Personas menores de 18 años con discapacidad mental, física y/o sensorial severa (en un grado de al menos 50% o más). También serán válidas las certificaciones de discapacidad mental de la Ley N°18.600.
- Que pertenezcan al 60% de la población más vulnerable, según el Registro Social de Hogares (RSH).
- Tengan residencia continua en el país de, al menos, tres años inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
- Que cuenten con una resolución de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) o un certificado del Servicio de Registro Civil e Identificación que dé cuenta de la discapacidad.
¿Cómo se solicita el beneficio?
La madre, el padre o tutor(a) del menor pueden ingresar la solicitud
por diversas vías:
Por Internet:
Ingresar a www.chileatiende.cl
con ClaveÚnica.
Por Videoatención:
Ingresar a www.chileatiende.cl y
seleccionar la opción de videoatención para ser atendido por un
ejecutivo de atención en la Sucursal
Virtual.
Presencial:
- En sucursales ChileAtiende del IPS.
- En Municipalidades en convenio. Revisa el listado aquí.
Es importante destacar que, el o la solicitante del
beneficio deberá acreditar el cuidado permanente del menor, en
caso de no ser la madre o el padre.
Más información:
- En www.chileatiende.cl
- Redes sociales ChileAtiende en Facebook, Twitter e Instagram.
- Call Center 600 440 0040
IPS