
Resuelve tus dudas sobre Asignación de PGU en mayo a pensionados de AFP con Aporte Previsional Solidario de Vejez
Te contamos que hay un grupo de personas, para
las cuales – según la Ley- se
hizo un análisis para asignarle la
alternativa más conveniente entre el
Aporte Previsional Solidario y la Pensión
Garantizada Universal. Aquí te contamos
quiénes son y todo lo que tienes que
saber de este proceso.
1.- ¿En qué consiste esta asignación?
Para un grupo específico de personas
pensionadas de AFP que aún mantenían
Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) al mes
de abril de 2022, la normativa instruyó
analizar caso a caso
si se les mantiene ese Aporte o si se les
reemplaza, desde mayo, por la Pensión
Garantizada Universal (PGU).
Hecho este análisis, a cada una de estas personas se le asignó -de entre esas dos- la alternativa que se consideró de mayor conveniencia para su caso en particular, según los cálculos y parámetros establecidos en la normativa.
2.- ¿Quiénes están consideradas y considerados en este proceso?
Este análisis se aplicó solo para las
pensionadas y los pensionados de AFP, en modalidad
de retiro programado, que tienen un Aporte
Previsional Solidario de Vejez que les permite una
pensión final garantizada mayor a $185.000.
3.- Si una persona no sabe si integra el grupo anterior, ¿qué puede hacer para orientarse y conocer si está dentro de este análisis?
Si la persona tiene pensión de AFP, y no sabe
si integra el grupo mencionado, puede consultar por
su caso en
www.chileatiende.cl
o llamando al 101. También en las sucursales
ChileAtiende del Instituto de Previsión
Social.
4.- ¿Qué análisis se hizo para estas personas?
Para estas personas, se debió analizar -caso
a caso, según los parámetros de la
norma-
cuál de las siguientes
alternativas
les permitiría recibir un mayor beneficio
final estimado a lo largo del tiempo:
a) Mantener su Aporte Previsional Solidario de
Vejez.
b) Reemplazar dicho Aporte, desde mayo, por la
Pensión Garantizada Universal (PGU).
A cada pensionada y pensionado, el Instituto de Previsión Social (IPS) le asignó una de esas dos alternativas, dependiendo de cuál de ellas le significaría mayores beneficios finales estimados de pensiones a lo largo de los años, traídos a valor presente o actual. Esto se determinó con los datos entregados por cada AFP.
El resultado es que a cerca de 127 mil personas de este grupo se les asignó, desde mayo, la Pensión Garantizada Universal (PGU), en reemplazo de su Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV). Para las demás personas se mantuvo su APSV, incluido dentro del monto total del pago que reciben.
5.- ¿Dónde pueden las personas consultar el resultado de lo que se les asignó?
Las personas pueden consultar el resultado de su
asignación en
www.chileatiende.cl, en las sucursales
ChileAtiende del IPS o llamando
al 101.
6.- ¿Se está contactando a estas personas para entregarles información?
En los casos en que se dispone de datos de contacto,
el IPS ha enviado a estas personas una
notificación por correo electrónico
para informarles la alternativa que se les
asignó. Para las personas de este grupo que
no han recibido notificación, están
disponibles los canales
www.chileatiende.cl, Call Center 101 y las
sucursales ChileAtiende del
IPS.
7.- ¿Estas personas pueden renunciar a la alternativa que se les asignó, si no están de acuerdo con ella?
Sí. La norma establece que, si la pensionada
o el pensionado no está de acuerdo con la
alternativa que se le asignó, puede -por una sola vez, y de manera
irrevocable- cambiar dicha asignación. Sin embargo, es
muy importante que, antes de decidir ese cambio, la
persona
revise el detalle de su información
previsional en
www.chileatiende.cl
o en las sucursales ChileAtiende del IPS.
De esta forma, si a alguien de este grupo específico se le mantuvo el Aporte Previsional Solidario de Vejez, puede optar por reemplazarlo por la PGU, si así lo decide al evaluar la trayectoria estimada de sus pensiones a futuro. Y, en caso contrario, si se le asignó la PGU como parte del monto a incluir dentro de su pensión, puede revertir esa asignación y volver nuevamente a su Aporte Previsional Solidario de Vejez.
El plazo para hacer este cambio, si lo desea la persona, es hasta el 30 de abril de 2023.
8.- ¿Dónde pueden las personas renunciar a la alternativa que se les asignó, si así lo desean?
Pueden solicitar el cambio en
www.chileatiende.cl, revisando su situación
previsional con
ClaveÚnica, o en las sucursales ChileAtiende
del Instituto de Previsión Social, IPS. Cabe
insistir en que este cambio, si se realiza, es
irrevocable, por lo que se recomienda a estas
personas que se informen adecuadamente antes de
tomar la decisión.
9.- ¿Si una persona ya tenía una Pensión Garantizada Universal (PGU) antes de mayo, aplica este análisis?
Las personas que ya tenían la PGU antes de
mayo -esto es, más de 1 millón 300 mil
personas- no forman parte del análisis
mencionado. Ellas mantienen su PGU de acuerdo con
los requisitos que acreditaron.
Esto quiere decir, por ejemplo, que las personas a las que se les reemplazó la ex Pensión Básica Solidaria de Vejez por la PGU, o a quienes tienen pensión del IPS, NO necesitan consultar por este tema.
El análisis que aquí se menciona solo aplica para personas de AFP, con retiro programado, que tienen pensión final garantizada mayor a $185.000 y que aún mantenían un Aporte Previsional Solidario de Vejez al mes de abril de 2022. Es en estos casos donde es pertinente evaluar la conveniencia o no de asignarles la PGU en reemplazo de su Aporte Previsional Solidario de Vejez.
10.- ¿Cuál es la normativa que se puede consultar para este proceso?
Los detalles de este proceso se establecen en el
artículo 7° transitorio de la Ley
N°21.419 que crea la Pensión Garantizada
Universal, y en el oficio N°4242 de 10/3/2022 de
la Superintendencia de Pensiones.
IPS