Desafiliación del nuevo sistema de pensiones
¿Qué es la desafiliación del sistema de pensiones del Decreto Ley 3.500 (AFP) y a quiénes aplica?
Consiste en el derecho a retirarse del Régimen de Capitalización
Individual (AFP) para regresar al antiguo sistema previsional, hoy a cargo del
Instituto de Previsión Social, IPS.
Es una instancia absolutamente excepcional, regulado por la Ley N° 18.225,
al que tiene acceso un porcentaje muy bajo de personas que pertenecieron al
anterior Sistema de Pensiones (ex cajas de previsión y Servicio de Seguro
Social) y cumplen los requisitos.
¿Quiénes pueden desafiliarse?
Las personas que pertenecieron al sistema antiguo de pensiones y que hoy
pertenecen al Sistema de AFP, pueden salirse de la AFP y volver a cotizar en el
IPS (ex INP), siempre que aún no se hayan pensionado y
cumplan con alguna de las siguientes condiciones:
- No tener derecho a Bono de Reconocimiento: es decir, aquellas personas que reúnan menos de 12 cotizaciones en el período noviembre 1975 a octubre de 1980.
- Tener derecho a Bono de Reconocimiento solo con la alternativa de cálculo 3, y además reunir 60 cotizaciones anteriores al 1 de julio de 1979.
- Todas aquellas personas inscritas hasta diciembre de 1982 en el ex Servicio de Seguro Social y que no registren ninguna cotización.
¿Qué es el Bono de Reconocimiento?
Es un instrumento, valorado en dinero, que representa los períodos de
cotizaciones en el antiguo régimen previsional de quienes se han afiliado
al sistema AFP y que se ingresa a la Cuenta de Capitalización Individual
cuando la persona se pensiona por vejez, invalidez o cuando fallezca.
Su valor se reajusta anualmente, de acuerdo con la variación
experimentada por el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Obtiene un
interés del 4 % anual, que se capitaliza cada año desde la fecha
de ingreso al Nuevo Sistema Previsional.
Si se reúnen los requisitos para desafiliarse,
¿dónde se puede iniciar el trámite?
La solicitud debe ser presentada en la AFP en la que la persona se encuentra
afiliada, con el formulario que estas administradoras poseen para ello.
Dicha solicitud es remitida por la AFP al IPS (ex INP), que informa a la
Superintendencia de Pensiones sobre la situación de la persona en el
antiguo régimen previsional, para que ésta analice y resuelva la
aceptación o rechazo de la desafiliación.
¿Por qué deberé pagar una “deuda por
desafiliación”?
El antiguo Sistema de Pensiones tenía tasas de imposiciones más
altas. Por ello, si se cumplen las condiciones para volver a ese sistema por la
vía de la desafiliación, las personas deben considerar que
deberán pagar la diferencia de cotizaciones que eventualmente le falten.
En las AFP y en la red ChileAtiende del IPS se puede solicitar
orientación sobre este aspecto.