Asignación Maternal
Descripción
La Asignación Maternal es un subsidio estatal para las trabajadoras embarazadas y los trabajadores, respecto de sus cónyuges embarazadas, que sean causantes de Asignación Familiar.
Este beneficio se paga por todo el período que comprende el embarazo.
IMPORTANTE
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Debido al alto riesgo en que se encuentran
expuestas las mujeres embarazadas por la contingencia
producida por el Coronavirus, se autoriza a la
acreditación de cargas maternales con el
certificado del 5° mes de embarazo, sin el timbre
correspondiente, evitando a que acudan a la COMPIN,
según Dictamen
1141-2020, emitido por la SUSESO).
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¿Quiénes tienen derecho al beneficio?
Tienen derecho a este beneficio:
- Trabajadoras embarazadas dependientes, independientes afiliadas a un régimen de previsión y en goce de subsidio de cualquier naturaleza (exceptuando el subsidio maternal o familiar).
- Los trabajadores respecto de sus cónyuges embarazadas y causantes de Asignación Familiar de trabajadores dependientes, independientes y en goce de subsidio de cualquier naturaleza.
¿Cuál es el monto del beneficio?
El beneficio puede ser solicitado solamente a partir del quinto mes de embarazo, pero una vez asignado y verificado el derecho al beneficio, éste se paga retroactivamente y por todo el período de gestación.
Los valores a partir del 1 de enero de 2022 son los siguientes: | |
Ingreso mensual hasta $ 366.987 | $ 14.366 |
Ingreso mensual entre $ 366.988 y $ 536.023 | $ 8.815 |
Ingreso mensual entre $ 536.024 y $ 836.014 | $ 2.786 |
Ingreso mensual a partir a $ 836.015 | 0 |
Documentos requeridos:
Si es carga del trabajador:
- Autorización de carga familiar del trabajador.
- Certificado médico que acredite el quinto mes de embarazo. Éste debe ser emitido por el Servicio de Salud Pública o por un facultativo privado (médico o matrona), siempre que el certificado respectivo esté, además, visado por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).
Si es trabajadora:
- Cédula de identidad (vigente) nacional o emitida para extranjeros residentes en Chile.
- Poder notarial simple, si el trámite es realizado por un apoderado.
- Certificado médico que acredite el quinto mes de embarazo. Éste debe ser emitido por el Servicio de Salud Pública o por un facultativo privado (médico o matrona), siempre que el certificado respectivo esté, además, visado por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).
Vigencia
La Asignación Maternal se entregará mientras las/los beneficiarios cumplan los requisitos para ello.
Marco Legal
- DL N°150, de 1982.
- Ley N°20.614, de 2012.
- DS N°75, de 1974.
- Ley N°18.987, de 1990.
- Ley N°20.255, de 2008.
- Ley N°19.728, de 2001.
- DS N°26, de 2012.
- Circular 2511 de 2009, de la Superintendencia de Seguridad Social.
- Circular 2833 de 2012, de la Superintendencia de Seguridad Social.
- Ley N° 21.112, de 2018.
¿Cómo solicitar el beneficio?
- Reúna los antecedentes mencionados en el campo documentos requeridos.
- Diríjase a un Centro de Atención IPS-ChileAtiende.
- Explique el motivo de su visita: solicitar la Asignación Maternal
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el beneficio. Si cumple los requisitos, podrá recibir inmediatamente dos copias de la resolución de autorización de la Asignación Maternal. Éstas deben ser presentadas a su empleador y al Fondo Nacional de Salud (FONASA) o ISAPRE respectiva.