Rejubilación de la ex Caja de Empleados Públicos y Periodistas (sector público)

Descripción

Permite a pensionados de la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas (sector público) que continúan imponiendo obtener la reliquidación de su pensión.

Quienes vuelven a trabajar dejarán de percibir su jubilación automáticamente.

  El trámite se puede realizar durante todo el año en las oficinas ChileAtiende.

¿A quién está dirigido?

Pensionados de la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas (sector público) que reúnan seis nuevos años de cotizaciones

¿Qué necesito para hacer el trámite?

  • Cédula de identidad vigente.
  • Poder notarial, si el trámite es realizado por un apoderado.
  • Copia de la resolución o del decreto de cese de servicios.

¿Cuál es el costo del trámite?

No tiene costo.

¿Qué vigencia tiene?

Vitalicia.

Al fallecer, el beneficiario genera pensiones de sobrevivencia a los beneficiarios que reúnan los requisitos.

¿Cómo y dónde hago el trámite?

Para trámite online:
  1. Haga clic en "Ir al trámite en línea".
  2. Una vez en el sitio web de la institución, escriba su RUN, y haga clic en "ingresar".
  3. Seleccione "Rejubilación y aumento de pensión por nuevas cotizaciones", y luego en "ClaveÚnica".
  4. Escriba su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en "autenticar". Si no tiene ClaveÚnica, solicítela.
  5. Complete los antecedentes requeridos.
  6. Como resultado del trámite, habrá solicitado el beneficio. El sistema generará un número de solicitud, que podrá usar en la misma plataforma para comprobar el estado de su requerimiento en la sección "consulta de solicitudes". 
En oficina:
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a una oficina ChileAtiende.
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar la rejubilación de la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas (sector público).
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrá solicitado el beneficio.

Consulte el estado del trámite:

Llame al 101, en horario de 8:00 a 18:00 horas, de lunes a viernes.

Marco Legal

Ley N° 10.621