Pensión de invalidez de la ex Caja Hípica Nacional
Descripción
Permite a imponentes de la ex Caja Hípica Nacional que no pueden desarrollar su trabajo (debido a una incapacidad física o mental) acceder a un beneficio mensual, permanente.
¿A quiénes está dirigido?
A imponentes incapacitados de la ex Caja Hípica Nacional .
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Tener diez o más años de servicio y ser declarado inválido por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).
Documentos requeridos
- Cédula de identidad vigente.
- Poder notarial, si el trámite es realizado por un apoderado.
- Declaración de incapacidad de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).
¿Cúal es el costo y vigencia?
No tiene costo. Su vigencia es vitalicia y, al fallecer el beneficiario o la beneficiaria, genera pensiones de sobrevivencia a quienes reúnan los requisitos.
En oficina
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a una oficina ChileAtiende.
- Explique el motivo de su visita: solicitar Pensión de invalidez de la ex Caja Hípica Nacional.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite habrá solicitado la pensión.
En línea
- Haga clic en "Ir al trámite en línea - Solicitar pensión".
- Ingrese su RUN y clave de la ClaveÚnica, y presione "continuar". Si no la tiene, solicítela.
- Si cumple con los requisitos y no ha realizado una soliticitud previa, aparecerán sus datos de contacto, los cuales puede editar. Luego, pulse "continuar".
- Complete el formulario, que incluye los antecedentes de la persona imponente y del pago, además de declaraciones juradas. Luego, haga clic en "continuar".
- Finalmente, el sistema le arrojará un número de solicitud y, además, le enviará un correo electrónico con la confirmación del proceso.
- Tras este proceso, habrá solicitado el beneficio y recibirá el formulario del COMPIN para poder continuar con su trámite.
Importante: puede seleccionar "estado de
solicitud" e, ingresando con su ClaveÚnica,
podrá ver en qué etapa está su trámite.
Consulte el estado del trámite:
Llame al 101, en horario de 8:00 a 18:00 horas, de lunes a viernes.Marco legal
- DFL N°91, del 2 de agosto de 1979.
- Ley N°17.339, del 9 de septiembre de 1970.
- Ley N°6.836, del 26 de febrero de 1941.