Seguro de Vida de la ex Caja de Empleados Municipales de la República
Descripción
Permite a los beneficiarios de imponentes o pensionados de la ex Caja de Empleados Municipales de la República fallecidos acceder a un seguro de vida.
¿A quién está dirigido?
Tienen derecho al beneficio:
- La viuda (dos tercios si no tiene hijos; en caso contrario, sólo el 50%).
- El viudo que presenta discapacidad o el cónyuge mayor de 65 años que carezca de rentas (50% en caso de que existan hijos).
- Los hijos menores de 18 años (15% para cada uno; y 25% si la madre y el padre fallecieron).
- Los hijos mayores de 18 años y menores de 25 años que estén matriculados en un establecimiento educacional reconocido por el Estado (15% para cada uno; y 25% si la madre y el padre fallecieron).
- Los hijos declarados con discapacidad por la Comisión Médica, Preventiva e Invalidez (15% para cada uno; y 25% si la madre y el padre fallecieron).
- Los ascendientes que carezcan de renta y hayan vivido a expensas del trabajador o pensionado.
- Hermanas solteras que dependían económicamente del trabajador que originó el beneficio y están imposibilitadas de trabajar podrán cobrar el seguro de vida, en caso de que no existan los beneficiarios antes mencionados.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Ser beneficiario de un imponente que registre, al menos, un año de imposiciones o sea pensionado..
- Los beneficiarios recibirán el equivalente a 12 veces el promedio de las últimas 24 rentas imponibles si el fallecido era imponente activo. En el caso de los jubilados, tendrán derecho a recibir una pensión anual.
- La liquidación del seguro de vida hará efectiva todas las deudas contraídas por el trabajador o pensionado que falleció. Luego, se repartirá entre los beneficiarios el monto de dinero que quede.
Documentos requeridos
- Cédula de identidad vigente.
- Poder notarial, si el trámite es realizado por un apoderado.
- Copia del dictamen de invalidez, emitido por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN). Esto si el seguro de vida es solicitado por una persona que presenta discapacidad física.
- Certificado de alumno regular, en caso de hijos mayores de 18 y menores de 25 años.
- Hermanas solteras que dependían económicamente del trabajador que originó el beneficio y están imposibilitadas de trabajar podrán cobrar el seguro de vida, en caso de que no existan los beneficiarios antes mencionados.
¿Cuál es el costo y vigencia?
No tiene costo. Y el beneficio se paga por una sola vez.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
En línea
- Reuna los entecedentes requeridos.
- Haga clic en "Ir al trámite en línea".
- Una vez en el sitio web de la institución, escriba su RUN, y haga clic en "ingresar".
- Seleccione "seguro de vida", y luego en "ClaveÚnica".
- Escriba su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en "autenticar". Si no tiene ClaveÚnica, solicítela.
- Complete los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el beneficio. El sistema generará un número de solicitud, que podrá usar en la misma plataforma para comprobar el estado de su requerimiento, en la sección "consulta de solicitudes".
Importante: si desea conocer el estado del trámite,
llame al 101, en horario de 8:00 a 18:00 horas, de lunes a viernes.
En oficina:
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a una oficina ChileAtiende.
- Explique el motivo de su visita: solicitar un seguro de vida.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el seguro de vida.