Imposición voluntaria de la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas (sector periodistas)

Descripción

Permite a imponentes dependientes de la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas (sector periodistas) acogerse como imponentes voluntarios para tener continuidad en sus imposiciones.

  El trámite se puede realizar durante todo el año en las oficinas ChileAtiende.

¿A quién está dirigido?

Trabajadores dependientes, independientes y propietarios de:

  • Empresas periodísticas y agencias noticiosas.
  • Imprentas de obras (en calidad de empleados u obreros).

Los beneficiarios deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Corresponsales de periódicos ex-tranjeros:
    • Registrar imposiciones en el antiguo sistema de pensiones y no estar afiliados a una AFP.
    • Acreditar la prestación de servicios como corresponsales de un periódico extranjero.
    • Solicitar el acogimiento como imponente voluntario del sector periodistas de la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas
  • Imponentes de empresas periodísticas y agen-cias noticiosas:
    • Haber dejado de ser imponente obligado del sector periodistas y no haber reti-rado sus imposiciones
    • Manifestar su voluntad de continuar como imponente voluntario den-tro del plazo de dos meses para los im-ponentes que tengan menos de cinco años de servicio y tres meses para el resto (a contar del cese de servicios).
    • No estar incorporado a una AFP.
  • Imponentes de imprentas de obras:
    • Haber tenido la calidad de imponente obligado de la subsección de imponentes de obras del sector periodistas
    • Hacer la petición para acogerse como volunta-rio dentro de los tres meses siguientes a la fecha en que se ha dejado de prestar servicios
    • No estar incorporado a una AFP.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

  • Cédula de identidad vigente.
  • Poder notarial, si el trámite es realizado por un apoderado.

No requiere presentar antecedentes previsionales o certificado de nacimiento, matrimonio o defunción, ya que el ejecutivo de ChileAtiende los obtiene interna y gratuitamente.

¿Cuál es el costo del trámite?

No tiene costo.

¿Qué vigencia tiene?

Hasta que el imponente jubile o solicite formalmente no imponer más.

La viuda que contraiga matrimonio perderá el derecho a pensión. Sin embargo, tendrán derecho a que se les pague por una sola vez el equivalente de dos años de su pensión.

¿Cómo y dónde hago el trámite?

En oficina:
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a una oficina ChileAtiende.
  3. Explique el motivo de su visita: tramitar la solicitud de imponente voluntario de la ex Caja Nacional de Empleados y Periodistas (sector periodistas).
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrá solicitado el beneficio.

Consulte el estado del trámite:

Llame al 101, en horario de 8:00 a 18:00 horas, de lunes a viernes.

Marco Legal

Ley N°10.621, del 12 de diciembre de 1952.