Pensión de invalidez de la ex Caja de Empleados Particulares

Descripción

Permite acceder a un beneficio económico a imponentes que no pueden desarrollar su trabajo debido a una incapacidad física o mental.

¿A quiénes está dirigido?

Tienen derecho a este beneficio los imponentes dependientes, voluntarios o cesantes de la ex Caja EMPART .

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Que se cumplan los siguientes requisitos:

  • Haber sido declarados inválidos por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).
  • Registrar un mínimo de tres años de imposiciones.
  • Tener menos de 65 años de edad. Si sobrepasa esa edad, debe reunir una afiliación mayor de tres y menor a diez años.

En caso de cesantes o subsidiados, no deben haber transcurrido más de dos años entre la fecha del término de servicios y cuando se produce la invalidez.

Documentos requeridos

  • Cédula de identidad.
  • Poder notarial, si el trámite es realizado por un apoderado.
  • Resolución o dictamen de invalidez emitido por la COMPIN.

No requiere presentar antecedentes previsionales o certificado de nacimiento, matrimonio o defunción, ya que el ejecutivo de IPS-ChileAtiende los obtiene interna y gratuitamente

¿Cuál es el costo y vigencia?

No tiene costo. Su vigencia es:

  • Vitalicia.
  • Al fallecer, el beneficiario o la beneficiaria genera pensiones de sobrevivencia a sus beneficiarios que reúnan los requisitos.
En oficina
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a una oficina ChileAtiende.
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar Pensión de Invalidez Caja de Previsión de Empleados Particulares.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite habrá solicitado la pensión.
En línea
  1. Haga clic en "Ir al trámite en línea - Solicitar pensión".
  2. Ingrese su RUN y clave de la ClaveÚnica, y presione "continuar". Si no la tiene, solicítela.
  3. Si cumple con los requisitos y no ha realizado una soliticitud previa, aparecerán sus datos de contacto, los cuales puede editar. Luego, pulse "continuar".
  4. Complete el formulario, que incluye los antecedentes de la persona imponente y del pago, además de declaraciones juradas. Luego, haga clic en "continuar".
  5. Finalmente, el sistema le arrojará un número de solicitud y, además, le enviará un correo electrónico con la confirmación del proceso.
  6. Tras este proceso, habrá solicitado el beneficio y recibirá el formulario del COMPIN para poder continuar con su trámite.
Importante: puede seleccionar "estado de solicitud" e, ingresando con su ClaveÚnica, podrá ver en qué etapa está su trámite.

 

Consulte el estado del trámite:

Llame al 101, en horario de 8:00 a 18:00 horas, de lunes a viernes.

Marco Legal

 Ley N°10.475