Pensión de invalidez de la ex Caja de Empleados Particulares
Descripción
Permite acceder a un beneficio económico a imponentes que no pueden desarrollar su trabajo debido a una incapacidad física o mental.
¿A quiénes está dirigido?
Tienen derecho a este beneficio los imponentes dependientes, voluntarios o cesantes de la ex Caja EMPART .
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Que se cumplan los siguientes requisitos:
- Haber sido declarados inválidos por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).
- Registrar un mínimo de tres años de imposiciones.
- Tener menos de 65 años de edad. Si sobrepasa esa edad, debe reunir una afiliación mayor de tres y menor a diez años.
En caso de cesantes o subsidiados, no deben haber transcurrido más de dos años entre la fecha del término de servicios y cuando se produce la invalidez.
Documentos requeridos
- Cédula de identidad.
- Poder notarial, si el trámite es realizado por un apoderado.
- Resolución o dictamen de invalidez emitido por la COMPIN.
No requiere presentar antecedentes previsionales o certificado de nacimiento, matrimonio o defunción, ya que el ejecutivo de IPS-ChileAtiende los obtiene interna y gratuitamente
¿Cuál es el costo y vigencia?
No tiene costo. Su vigencia es:
- Vitalicia.
- Al fallecer, el beneficiario o la beneficiaria genera pensiones de sobrevivencia a sus beneficiarios que reúnan los requisitos.
En oficina
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a una oficina ChileAtiende.
- Explique el motivo de su visita: solicitar Pensión de Invalidez Caja de Previsión de Empleados Particulares.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite habrá solicitado la pensión.
En línea
- Haga clic en "Ir al trámite en línea - Solicitar pensión".
- Ingrese su RUN y clave de la ClaveÚnica, y presione "continuar". Si no la tiene, solicítela.
- Si cumple con los requisitos y no ha realizado una soliticitud previa, aparecerán sus datos de contacto, los cuales puede editar. Luego, pulse "continuar".
- Complete el formulario, que incluye los antecedentes de la persona imponente y del pago, además de declaraciones juradas. Luego, haga clic en "continuar".
- Finalmente, el sistema le arrojará un número de solicitud y, además, le enviará un correo electrónico con la confirmación del proceso.
- Tras este proceso, habrá solicitado el beneficio y recibirá el formulario del COMPIN para poder continuar con su trámite.
Consulte el estado del trámite:
Llame al 101, en horario de 8:00 a 18:00 horas, de lunes a viernes.