Pensión de montepío del antiguo Sistema de Reparto
Descripción
Permite a los beneficiarios y beneficiarias de imponentes fallecidos (en servicio activo o jubilados) del antiguo Sistema de Reparto acceder a un beneficio (monto de dinero) mensual y permanente.
- Marina Mercante Nacional (sección oficiales y empleados).
- Bancaria de Pensiones.
- Empleados del Banco del Estado de Chile.
- Empleados Municipales de Valparaíso.
- Ferrocarriles del Estado.
El trámite se puede realizar durante todo el año en el sitio web IPS en Línea y en las sucursales ChileAtiende.
¿A quién está dirigido?
Cada ex caja define a sus beneficiarios y beneficiarias, además de sus requisitos. Sin embargo, el montepío se entregará, generalmente, en el siguiente orden:
- A la viuda del imponente o el viudo en situación de discapacidad.
- Hijos e hijas menores de 18 años y, en algunos casos, los menores de 24 años que cursen estudios regulares.
- Hijos e hijas en situación de discapacidad (de cualquier edad).
¿Qué necesito para hacer el trámite?
- Cédula de identidad vigente.
- Poder notarial, si el trámite es realizado por un apoderado.
- ClaveÚnica, si realiza el trámite de manera online.
¿Cuál es el costo del trámite?
No tiene costo.
¿Qué vigencia tiene?
Vitalicia, siempre que los beneficiarios y beneficiarias cumplan los requisitos.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
- Haga clic en "Ir al trámite en línea".
- Escriba su RUN y haga clic en "ingresar".
- Seleccione "montepío" y, luego, en "ClaveÚnica".
- Escriba su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en "autenticar". Si no tiene ClaveÚnica, solicítela.
- Complete los antecedentes requeridos. El sistema generará un número de solicitud, que podrá usar en la misma plataforma para comprobar el estado de su solicitud.
- Llame al 101, en estos horarios.
- Ingrese a IPS en Línea, escriba su RUN y haga clic en "consulta de solicitudes".
En oficina
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a una oficina ChileAtiende.
- Explique el motivo de su visita: tramitar una pensión de montepío de una ex caja del antiguo Sistema de Reparto.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el beneficio.
Marco Legal
- Ley Nº 10.662.
- Ley Nº 8.569.
- Ley Nº 12.522.
- Decreto con Fuerza de Ley (DFL) Nº 2.252, de 1957.
- Decreto Ley (DL) Nº 513, de 1948.