Nuevo Bono Chile Apoya de Invierno
Descripción
El Bono Extraordinario Chile Apoya de Invierno es un aporte de $120.000, que
permitirá al 35% de la población que más lo necesita enfrentar el alza de los
alimentos y de servicios básicos, como el agua, la luz o el gas.
Este bono no constituye remuneración o renta para ningún efecto legal y, en
consecuencia, no es imponible ni tributable y no está tendrá descuento alguno.
Este aporte no es postulable, pero si una persona considera que cumple los requisitos, puede hacer un reclamo desde el 22 de agosto en el sitio web oficial del bono.
¿A quién va dirigido?
Las personas que sean:
-
Causantes de Asignación Familiar al 31 de diciembre de 2021,
siempre que el respectivo beneficiario perciba la asignación por tener un
ingreso mensual inferior a $907.672; y causantes de Subsidio Familiar
(SUF) al 31 de diciembre de 2021.
- El bono de $120.000 es por cada causante del beneficio y lo recibirá la persona beneficiaria de quien dependa el o la causante, siempre prefiriendo a la madre beneficiaria.
-
Beneficiarias del Bono de Invierno para pensionados durante 2022.
- El bono es de $120.000 por cada persona pensionada.
-
Beneficiarias del Subsidio de Discapacidad Mental (SDM) al 30 de
junio de 2022, que hayan recibido el SDM durante julio de 2022.
- El bono es de $120.000 por cada persona.
-
Beneficiarias del Aporte Previsional Solidario de Invalidez
(APSI) al 30 de junio de 2022, que hayan recibido el APSI durante julio
de 2022.
- El bono es de $120.000 por cada persona.
-
Beneficiarias de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez
(PBSI) al 30 de junio de 2022, que hayan recibido la PBSI durante julio
de 2022.
- El bono es de $120.000 por cada persona.
-
Familias usuarias del Subsistema Seguridades y Oportunidades al 1
de agosto de 2022, reciban o no prestaciones monetarias; y los hogares que
pertenezcan al 60% más vulnerable de la población. En ambos casos, por sus
integrantes que no hayan sido considerados de acuerdo a las causales
anteriores, pero que cumplan con alguno de estos requisitos:
- Personas con discapacidad debidamente acreditada.
- Personas con dependencia moderada o severa, según el Registro Social de Hogares (RSH).
- Integrantes del Programa de Integración Escolar (PIE).
- Estudiantes de programas de educación especial reconocidos por el Ministerio de Educación (Mineduc).
- Personas mayores de 60 años y personas menores de 18 años.
En estos casos, el bono será de $120.000 por cada persona que genere el
beneficio y se pagará por familia usuaria del subsistema o por hogar del RSH,
según corresponda.
Importante: cada causante -carga familiar- o beneficiario recibirá un solo monto
de $120.000, aun cuando la persona reúna distintos requisitos que generen este
subsidio.

Detalles
Pagos. El pago de este bono se hará en una sola cuota, durante
agosto de 2022, por el Instituto de Previsión Social (IPS). En el caso de las
personas beneficiarias del Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI), es
pagado por las mismas entidades pagaderas del APSI.
Plazos. El plazo para reclamar por el no otorgamiento del bono es de un año, contado desde el mes en que debió haberse recibido. El plazo para su cobro, en tanto, es de nueve meses (contados desde la emisión de pago).
Cobro indebido. Quienes lo perciban indebidamente deberán devolver las sumas, reajustadas conforme a la variación que experimente el IPC, entre el mes anterior en que se recibió el bono y el que antecede a su restitución.
Al IPS le corresponde conocer y resolver los reclamos relacionados con las materias del bono y su supervisión corresponde a la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO).
¿Qué vigencia tiene?
Un año para reclamarlo; nueve meses para cobrarlo.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
En línea:
- Haga clic en "Ir a la consulta en línea ¿soy beneficiario?".
- Una vez en el sitio web del beneficio, ingrese el RUN y fecha de nacimiento de la persona potencialmente beneficiaria, y presione "consultar".
- Como resultado, sabrá si le corresponde el beneficio.
Importante: a partir del 22 de agosto, una vez publicada la
segunda nómina, se habilitará la opción para ingresar reclamos a través de la
plataforma del sitio web
oficial.
¿Cuál es el costo del trámite?
No tiene costo.
Marco Legal
- Ley Nº 21.474, del Ministerio de Hacienda.
- Circular Nº 3.684, de SUSESO, de 2022.