Imposición voluntaria de la ex Caja de Empleados Públicos, Sector Público
Descripción General
Permite a imponentes dependientes de la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas (sector público) acogerse como imponentes voluntarios cuando cesan en sus cargos, para tener continuidad en sus imposiciones.
¿Quiénes pueden realizar el trámite?
Pueden realizar este trámite:
- Empleados públicos: funcionarios dependientes de los diversos ministerios y reparticiones públicas, de la Contraloría General de la República, Universidad de Chile, del Poder Judicial, funcionarios traspasados a municipalidades que optaron por continuar afectos a ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas.
- Empleados del sector privado que cotizan en ex Caja Nacional de Empleados Públicos y periodistas, y funcionarios de hospitales clínicos pertenecientes a universidades particulares reconocidas por el Estado, de notarías, de Conservadores de Bie¬nes Raíces y Archivos Judiciales.
- Abogados independientes, defensores públicos, receptores judiciales, procuradores del número, notarios, conservadores de bienes raíces, comercio y minas y archiveros judiciales que por sí cotizan en la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas.
Siempre y cuando los anteriores cumplan los siguientes requisitos:
- Haber sido imponente dependiente del sector público de la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, cualquiera sea el tiempo durante el cual haya servido y no encontrarse incorporado a una AFP.
- Solicitar hacer uso del derecho de continuar voluntariamente acogido a la institución, dentro del término de un mes contado desde el cese de servicio.
El plazo de un mes podrá contarse:
- Para funcionarios: desde la fecha de recepción de la notificación que señala que la Contraloría General de la República ha tomado razón de la resolución que declara la vacancia del cargo o acepta la renuncia.
- Para profesores o empleados contratados por el Código del Trabajo que estén afectos al régimen de la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas: desde la fecha que tomó conocimiento del finiquito o cese de servicio.
Documentos requeridos
- Cédula de identidad vigente.
- Poder notarial, si el trámite es realizado por un apoderado.
- Decreto o resolución de declaración de cese de funciones.
No requiere presentar antecedentes previsionales o certificado de nacimiento, matrimonio o defunción, ya que el ejecutivo de IPS-ChileAtiende los obtiene interna y gratuitamente.
Vigencia
Si el imponente no deja de cotizar, la autorización estará vigente hasta la jubilación.
Marco Legal
DFL Nº 1.340 bis, artículo 16, de 1930.
¿Cómo realizar el trámite?
- Reúna los antecedentes mencionados en el campo documentos requeridos.
- Diríjase al Centro de Atención IPS-ChileAtiende más cercano.
- Explique el motivo de su visita
- Entregue los antecedentes requeridos.